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inal – Bichos de Campo http://wi631525.ferozo.com .:: Periodismo que pica ::. Tue, 28 Sep 2021 19:42:15 +0000 es-AR hourly 1 https://wordpress.org/?v=5.8.13 http://wi631525.ferozo.com /wp-content/uploads/2018/06/cropped-mosca-32x32.png inal – Bichos de Campo http://wi631525.ferozo.com 32 32 La Unión Vegana Argentina denunció que el etiquetado que se quiere implementar para los productos basados en plantas es un ataque al veganismo http://wi631525.ferozo.com/la-union-vegana-argentina-denuncio-que-el-etiquetado-que-se-quiere-implementar-para-los-productos-basados-en-plantas-es-un-ataque-al-veganismo/ http://wi631525.ferozo.com/la-union-vegana-argentina-denuncio-que-el-etiquetado-que-se-quiere-implementar-para-los-productos-basados-en-plantas-es-un-ataque-al-veganismo/#comments Tue, 28 Sep 2021 19:42:15 +0000 https://bichosdecampo.com/?p=81327 Reaparecieron los cortocircuitos en torno al etiquetado frontal de alimentos, pero esta vez se dieron específicamente entre la Unión Vegana Argentina (UVA) y la Autoridad Sanitaria nacional conformada por la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL), el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) y la Comisión Nacional de Semillas (CONASE). ¿Qué ocurrió? Desde la Secretaria de Alimentos, […]

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Reaparecieron los cortocircuitos en torno al etiquetado frontal de alimentos, pero esta vez se dieron específicamente entre la Unión Vegana Argentina (UVA) y la Autoridad Sanitaria nacional conformada por la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL), el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) y la Comisión Nacional de Semillas (CONASE).

¿Qué ocurrió? Desde la Secretaria de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional de la Nación se presentó un proyecto para regular el etiquetado de los productos considerados veganos, y la UVA denunció que esa iniciativa es una maniobra para “prohibir el veganismo en Argentina” (sic).

El proyecto en cuestión indica que el término “vegano” queda reservado para los productos que “no contengan ingredientes de origen animal y/o sus derivados (incluidos los aditivos y coadyuvantes)”. Hasta aquí, nada raro.

Pero la iniciativa también determina que “será incompatible” la declaración de producto vegano “cuando la empresa declare ante la Autoridad Sanitaria que, aun habiendo aplicado las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), existe la posibilidad de contaminación accidental durante el proceso de elaboración de alguno de los alérgenos de origen animal”.

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Desde UVA sostienen que ese párrafo es controversial porque el veganismo, como posición ética y filosófica que rige un estilo de vida, nada tiene que ver con cuestiones sanitarias, bromatológicas o médicas, y le hecho de establecer como obligación la declaración de una posible “contaminación cruzada” con derivados de origen animal podría desincentivar a la industria elaboradora de alimentos veganos.

“Están pidiendo algo que es impracticable porque si esto fuera posible, tanto las certificaciones a nivel mundial como la norma ISO lo tendrían como algo usual y no es así. Los empresarios deben cuidar las buenas prácticas de manufactura. La CONAL se metió en algo que no le corresponde porque la autoridad sanitaria no aplica con el veganismo, que es una posición ética, y no tiene nada que ver con riesgos sanitarios”, dijo a Bichos de Campo Manuel Martí, presidente de la Unión Vegana Argentina.

Contrario a lo que podría llegar a pensarse sobre el intento de la CONAL de lograr una mayor transparencia en los ingredientes de los productos, y asegurar de esa forma que ninguna persona vegana consuma algo con derivados de origen animal, desde el veganismo el proyecto fue interpretado como la implementación de un requerimiento que ninguna empresa del rubro alimenticio podrá cumplir, lo que derivará en una traba para la producción de productos veganos.

“Ni siquiera los que tengan plantas de producción exclusivas para productos veganos podrían asegurar que la materia prima que ingrese a su planta no tenga trazas”, señaló la UVA en un comunicado. Por eso elevaron un pedido para que estos productos sean rotulados bajo “estándares internacionales como los de la Norma ISO V 23.662 de Francia, los Criterios de V-Label de Suiza  o los Criterios de la Vegan Society de Reino Unido, entre otros”.

“¿Cómo se va a involucrar el Estado sino controla los agrotóxicos que hay en las frutas y verduras? Cada vez que va al Mercado Central todas superan los límites permitidos y eso sí que es peligroso, la gente se muere, es un veneno. Acá no estamos hablando de ningún veneno, simplemente se está hablando de que puede haber trazas que son involuntarias, que no hacen falta para producir. Si ahora la CONAL es vegana y se pone la camiseta de que no tiene que haber ninguna traza de origen animal, bueno, bienvenido sea, pero que dejen trabajar a la gente”, afirmó Martí.

El proyecto en cuestión tiene otro párrafo que también fue cuestionado: “En los rótulos de estos productos no se podrá hacer referencia a alimentos de origen animal con identidad definida establecida en el presente Código (Alimentario Argentino), ni tampoco utilizar términos o nombres de fantasía que hagan alusión a los mismos”

La intención, según lo mencionado por Martí, es que productos como las “leches y carnes vegetales” no puedan llevar esos nombres en tanto que no son realmente productos a base de leche y carne.

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Si bien desde la UVA se indicó que eso no representa un peligro, ya que se podrían sustituir esos nombres, se tomaron el trabajo de refutar el argumento por medio del uso de las definiciones del diccionario de la Real Academia Española.

“El término carne, además de las de origen animal, dice lo siguiente: ‘parte de un fruto o de un tubérculo, generalmente blanca, que está bajo la cáscara o la piel’. Y del término leche, además de las de origen animal, dice ‘jugo blanco obtenido de algunas plantas, frutos o semillas’”.

El proyecto aún no ha sido publicado en el Boletín Oficial, por lo que está vigente , y desde la UVA realizaron un llamamiento público para lograr una versión alternativa de la iniciativa.

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El Aloe Vera fue reconocido oficialmente como ingrediente para alimentos y bebidas http://wi631525.ferozo.com/el-aloe-vera-fue-reconocido-oficialmente-como-ingrediente-para-alimentos-y-bebidas/ Tue, 30 Mar 2021 15:19:37 +0000 https://bichosdecampo.com/?p=62624 Más allá de la larga historia que el Aloe Vera tiene entre nosotros, nunca se lo había reconocido oficialmente como un posible ingrediente para la preparación de alimentos y bebidas. Esa falta se acaba de subsanar con la incorporación del jugo de esa planta en el Código Alimentario Argentino (CAA). El reconocimiento del jugo del […]

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Más allá de la larga historia que el Aloe Vera tiene entre nosotros, nunca se lo había reconocido oficialmente como un posible ingrediente para la preparación de alimentos y bebidas. Esa falta se acaba de subsanar con la incorporación del jugo de esa planta en el Código Alimentario Argentino (CAA).

El reconocimiento del jugo del Aloe Vera se produjo mediante una resolución compartida por el Ministerio de Agricultura y su par de Salud, que administran el CAA. Lo que se hizo fue incorporar el Artículo 827 bis, que define que “con el nombre de Aloe Vera se entiende a la hoja/tallo de las especies de Aloe Barbadensis Miller y Aloe arborescens”.

En ese sentido, la resolución explica que “el aloe es originario de África tropical y actualmente se cultiva en zonas climáticas cálidas de Asia, Europa y América”. Pero de inmediato aclara que “hay más de 250 especies de aloe cultivadas en todo el mundo, sin embargo, solo dos especies se cultivan comercialmente”. Son las que se autorizaron como insumo de la industria alimenticia.

La nueva normativa establece que “los alimentos y bebidas que contengan aloe vera deberán cumplir con el límite máximo de aloína establecido en el presente código”.

La razón es que la aloína Ay B son antraquinonas presentes en la savia o exudados amarillos del látex de la hoja de aloe vera. Estos dos compuestos, se explicó, “ejercen un poderoso efecto purgante cuando se ingieren en grandes cantidades”. De allí que se pongan límites.

Como ya existen antecedentes de comercialización en el país de suplementos dietarios que contienen aloe vera en su formulación, se aplicará ara evitar riesgos los límite de aloína exigida en la Resolución GMC 10/06 (Grupo Mercado Común).

El texto incorporado en el capítulo de “Alimentos Vegetales” del Código también establece que “los alimentos y bebidas deberán indicar claramente en el rótulo que no se recomienda su consumo para niños menores de 12 años, embarazadas y mujeres en periodo de lactancia”.

El origen de este expediente fue un pedido para que se permita utilizar el jugo Aloe Vera para la elaboración de bebidas analcohólicas. De inmediato se estudió el caso de la Unión Europea, donde varios países tienen un historial de consumo del aloe vera siempre y cuando no contengan aloína.

En esta resolución tomó intervención el Consejo Asesor de la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL) y se sometió a Consulta Pública.

En Argentina el cultivo de aloe se inició durante la década de los ‘90. Las provincias pioneras fueron Córdoba y Santa Fe, pero con la variedad de saponaria. En Misiones, Corrientes, Mendoza, Santiago del Estero, Chaco, Entre Ríos, Formosa, Buenos Aires y Tucumán el nivel de producción es considerablemente menor y con mayor diversificación de variedades (saponaria, barbadensis, arborescens millar).

En particular, la variedad más apta para la mayor parte del suelo argentino es la saponaria, ya que tolera temperaturas de –7ºC, puede ser cultivada en suelos arenosos y requiere alto nivel de exposición solar. La única restricción es el exceso de agua.

Al tratarse de un cultivo intensivo, la mayor parte de las explotaciones no supera las 5 hectáreas. Cada hectárea soporta una carga de entre 3 mil a 18 mil plantas, aunque el volumen óptimo debe ser ajustado para maximizar el rendimiento a largo plazo de la explotación.

La cosecha comienza alrededor de los 3 años de haber colocado los plantines. Una planta adulta permite extraer alrededor de 12 hojas por año, con un peso aproximado total de 3 kilos. Por ende, el rinde total por hectárea puede ir de 30 a 54 toneladas, según la densidad de plantas y ritmo de corte. Es necesario, de todos modos, realizar una renovación de las plantas cada 8 años, a fin de mantener estable la productividad.

Hace un tiempo, Bichos de Campo entrevistó a Ricardo Peralta, que producía Aloe Vera en el Chaco. Como la mayoría de los productores, con fines medicinales.

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Una leche re trucha circulaba por Córdoba y Santa Fe: Había falsificado todos su permisos y se vendía a precios populares http://wi631525.ferozo.com/una-leche-re-trucha-circulaba-por-cordoba-y-santa-fe-habia-falsificado-todos-su-permisos-y-se-vendia-a-precios-populares/ Tue, 26 Jan 2021 15:45:49 +0000 https://bichosdecampo.com/?p=57101 En un caso grave de falsificación en la industria láctea, el INAL (Instituto Nacional de Alimentos) dispuso este martes la prohibición total para la venta y el consumo de un lote de leche en polvo marca Great Valley, que hasta ahora se ofrecía a bajos precios y se recomendaba para ser consumida por niños  mayores […]

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En un caso grave de falsificación en la industria láctea, el INAL (Instituto Nacional de Alimentos) dispuso este martes la prohibición total para la venta y el consumo de un lote de leche en polvo marca Great Valley, que hasta ahora se ofrecía a bajos precios y se recomendaba para ser consumida por niños  mayores de 1 año. Era re trucha: Utilizaba permisos falsos y hasta declaró haber sido elaborada en el establecimiento La Ramada SA, aunque esa compañía negó ser la fabricante del producto.

En una resolución de la ANMAT, organismo al cual reporta el INAL, se dispuso sacar de circulación “los productos: Leche en polvo descremada instantánea fortificada con vitaminas A y D, RMPA 21-101498 y Leche en polvo entera instantánea fortificada con vitaminas A y D, RNPA 21-101499, con el símbolo de alimento libre de gluten, marca Great Valley”.

La leche presuntamente había sido elaborada por un establecimiento registrado para el número RNE M-522300 y fraccionados por Great Valley, una firma de Río Cuarto. Pero una investigación iniciada por el Gobierno de Santa Fe determinó que el producto en realidad carecía de registros sanitarios, consignaba el registro de establecimiento inexistente y utilizaba registros de producto de alimentos pertenecientes a otra razón social. Para colmo, consignar el símbolo de alimento libre de gluten sin estar autorizado.

Resultó entonces que esas leches en polvo eran “productos falsamente rotulados y en consecuencia ilegales”

Las actuaciones las inició la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl) en el marco de un programa de monitoreo. Al tropezar con estas leches, los funcionarios santafesinos tomaron muestras de las mimas en la localidad de Firmat.

Al comenzar a indagar primero descubrieron que el RNE declarado no se correspondía con ninguna jurisdicción provincial del país y en cuanto a los registros de producto (21-101499 y 21-101498) pertenecían a productos de la razón social La Ramada SA.

La agencia realizó una auditoria en el establecimiento ubicado en Franck, Santa Fe, pero allí “no detectó los productos denunciados ni sus rótulos”. Además la empresa santafesina “manifestó no tener relación comercial ni conocimiento de la firma Great Valley”.

Puesto en alerta el sistema nacional, el INAL realizó una consulta a la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la Provincia de Córdoba, para verificar si esa firma de Río Cuarto se encontraba autorizada. La respuesta fue que ese registro era “inexistente”.

Así que la leche en polvo resultó ser totalmente trucha. Carecía de registros sanitarios, declaraba un registro de establecimiento inexistente y también apeló a registros de producto de alimentos pertenecientes a otra razón social, La Ramada SA.

“Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República”, informó el INAL en la resolución. Pero el caso es grave y debería seguir a esta prohibición una investigación judicial.

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