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]]>Para la inscripción es necesario completar una serie de documentos (anexos de la resolución 737/18 y memoria técnica para perforaciones) por medio de la autogestión. CREA, para facilitar esa tarea, diseñó una guía práctica para que los tambos bonaerenses se inscriban en el nuevo régimen, trámite que debe realizarse en el portal web de la Autoridad del Agua (ADA).
La normativa dispone que, en función de los procesos implementados en el establecimiento relativos al uso del agua, existe la posibilidad de acceder a descuentos del 50% y del 25% en el canon del agua por abonar a ADA.
Los criterios para cumplir la resolución 737/18 de ADA, por medio de la cual se estableció el régimen para el uso agronómico de purines generados en empresas lecheras, están contemplados en la “Guía de Buenas Prácticas para la Gestión de Purines en Tambo”.
En el último año el Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires y la Autoridad del Agua (ADA) implementaron un programa de “tambos piloto” –en el cual participaron 17 empresas lecheras de diferentes cuencas– para validar la implementación de los criterios establecidos en la “Guía de Buenas Prácticas”.
En ese sentido, la “Guía de Buenas Prácticas” determina que las lagunas tanto anaeróbicas como facultativas diseñadas para derivar los purines deben estar impermeabilizadas con materiales como geomembrana, cemento u otros plásticos o materiales resistentes.
Sin embargo, una de las cuestiones que se registraron en las evaluaciones del programa piloto es la presencia de lagunas no impermeabilizadas intencionalmente durante su construcción, con varios años de uso, en las que, si bien no se evidencian señales de contaminación, no disponen de datos para validar tal hecho.
Ante esa situación, el equipo técnico de ADA a cargo de la implementación de la normativa diseñó una Guía de Monitoreo Ambiental de Lagunas Pre-existentes a partir del cual los tambos con lagunas no impermeabilizadas pueden seguir usando las mismas en el marco de la instalación de freatímetros que permitan generar una red de monitoreo de la calidad del agua subterránea en zonas lindantes al tambo.
Por otra parte, durante el desarrollo de la Guía de Monitoreo Ambiental se evidenció la necesidad de elaborar protocolos de limpieza y cegado de perforaciones con el propósito de estandarizar ambos procedimientos.
La provincias de Buenos Aires y de Córdoba son, por el momento, las únicas jurisdicciones que implementaron un marco legal específico para gestionar el uso agronómicos de los purines.
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]]>A partir de lo dispuesto por la resolución 267/20 de ADA, los tambos con más de 250 vacas en ordeñe podrán inscribirse en el régimen hasta septiembre de 2021, mientras que aquellos con menos de 249 vacas tendrán plazo hasta septiembre de 2022.
En el mientras tanto, el Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires y ADA implementaron un programa de “tambos piloto” –en el cual participan 16 empresas lecheras de diferentes cuencas– para validar la implementación de los criterios establecidos en la “Guía de Buenas Prácticas”.
“Los tambos que participan de la iniciativa tienen particularidades distintas, de manera tal que están actuando como testigos de cómo implementar la regulación de ADA frente a diferentes situaciones iniciales”, explicó Pablo Cañada, técnico del área de ambiente de CREA, en un artículo publicado por entidad.
Los criterios para cumplir la resolución 737/18 de ADA, por medio de la cual se estableció el régimen para el uso agronómico de purines generados en empresas lecheras, están contemplados en la “Guía de Buenas Prácticas para la Gestión de Purines en Tambo”.
“Hasta el momento son diez los tambos que fueron evaluados en el proyecto de tambo piloto, es decir, que en función de las observaciones realizadas por técnicos de ADA, se les informó un plan de adecuación para poder realizar una gestión agronómica de purines, mientras que se espera pronto que los seis restantes también sean evaluados”, señaló Pablo.
En la página 54 de la “Guía de Buenas Prácticas” se determina que las lagunas tanto anaeróbicas como facultativas diseñadas para derivar los purines deberán estar impermeabilizadas con materiales como geomembrana, cemento u otros plásticos o materiales resistentes. Sin embargo, una de las cuestiones que se registraron en las evaluaciones es la presencia de lagunas no impermeabilizadas intencionalmente durante su construcción, con varios años de uso, en las que, si bien no muestran señales de contaminación, tampoco tienen datos para validar tal hecho.
Ante esa situación, el equipo técnico de ADA a cargo de la implementación de la normativa comenzó a diseñar un protocolo a partir del cual los tambos con lagunas no impermeabilizadas puedan instalar freatímetros para generar una red de monitoreo de la calidad del agua subterránea en zonas lindantes al tambo. Así se espera contar con información precisa para poder tomar decisiones.
El tambero deberá realizar muestreos en la red de monitoreo, con frecuencia semestral, para analizar los siguientes parámetros: nivel estático, pH, sólidos disueltos totales, conductividad, alcalinidad, sulfatos, cloruros, dureza, Sodio, Potasio, DBO, DQO, Nitratos, Nitritos, Amonio, Fósforo total, sólidos sedimentables en éter etílico (SSEE) y coliformes fecales.
“De esta manera, los tambos que no cuentan con lagunas impermeabilizadas tendrán la opción de poder demostrar, con datos validados, que las mismas no generan impacto en las napas freáticas”, apuntó el técnico CREA.

En caso de que los primeros resultados obtenidos en los análisis no sean favorables, el protocolo –que se está terminando de confeccionar– establece que deberá aumentar la frecuencia de muestreos por realizar para confirmar o no la evidencia inicial. Si diferentes análisis realizados en distintas épocas del año confirman la contaminación, entonces sí será necesario presentar un plan de adecuación ante ADA, que podrá constar en la impermeabilización de lagunas existentes –en caso de no haber limitaciones técnicas– o bien en el desarrollo de un nuevo sistema de gestión de purines, para lo cual, en caso de ser necesario, deberá también incluirse un plan de remediación de las lagunas.
“Este año en CREA vamos a publicar un guía en la cual, a partir de la experiencia recogida en el programa piloto, se muestre cuáles son las diferentes alternativas disponibles ante las distintas observaciones que puedan surgir por parte de ADA para cumplir con la legislación vigente”, adelantó Pablo.
“Afortunadamente, tanto en ADA como la Dirección de Lechería del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires encontramos una gran receptividad para brindar a las empresas lecheras las herramientas necesarias para que puedan adaptarse a la nueva normativa”, agregó.
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