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La entrada Parece joda: El BCRA permite ofrecer créditos de inversión productiva a Pymes agrícolas siempre y cuando los fondos se usen para ganadería se publicó primero en Bichos de Campo.
]]>Esta semana el ministro de Agricultura, Julián Domínguez, prometió –en su afán de lograr un acercamiento con el agro luego de la derrota experimentada en las elecciones primarias obligatorias– que esa restricción sería ahora eliminada.
Esta tarde el BCRA informó que se eliminará esa restricción crediticia de facto para empresas agrícolas, pero, curiosamente, la misma estará condicionada a inversiones ganaderas.
“Las pequeñas empresas con actividad agrícola podrán acceder a las líneas de crédito de fomento a la inversión y formación del capital de trabajo”, informó hoy el directorio del BCRA a través de un comunicado. Primera duda. ¿La medida abarca sólo a las pequeñas y deja afuera a las medianas? La respuesta es sí: las medianas quedaron “afuera”.
El detalle no es menor: la normativa vigente indica que una pequeña empresa agropecuaria, para ser considerada como tal, no debe superar una facturación los 116 millones de pesos, mientras que una mediana tiene un tope de hasta 1099 millones de pesos.
“Los créditos podrán destinarse a proyectos de inversión para la implantación de pasturas (incluye labores, semillas y fertilizantes, entre otros); maquinaria agrícola para la producción ganadera; la compra de reproductores machos y hembras; y mejoras de infraestructura predial como alambrados, aguadas, bretes, corrales y mangas, riego, entre otras”, señala el comunicado.
En lo que respecta al uso de la línea para capital de trabajo, que tendrá una tasa nominal del 35%, el BCRA estableció que “se podrá aplicar a la compra de animales para engordar; los insumos y servicios relacionados con tecnologías de reproducción; y los insumos y servicios vinculados a la implementación de planes sanitarios. Los productores podrán acceder a las líneas de financiamiento productivo cuando estén destinadas a incrementar la capacidad productiva de carne y/o leche bovina”.
Entonces, ¿los créditos tomados por empresas agrícolas –agrícolas, sí, agrícolas– solamente van a poder usarse para realizar inversiones ganaderas? La respuesta es un rotundo e increíble sí.
“Cuando los beneficiarios cuenten con un acopio igual o superior al 5% de trigo y/o soja, deberán comprometerse a que el pago de las obligaciones emergentes del crédito se origine primariamente en la venta del acopio de al menos dicho excedente hasta cubrir la obligación”, finaliza el comunicado.
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]]>La entrada El gobierno aportará subsidios a Pymes por hasta 40 millones de pesos para “transformación productiva”, pero dejó afuera del beneficio al sector agropecuario se publicó primero en Bichos de Campo.
]]>La iniciativa, denominada “Transformación Productiva Pyme”, tendrá el respaldo del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (Fondep) y podrá cubrir hasta el 70% de un proyecto, mientras que el 30% restante deberá ser financiado por la empresa.
La asistencia podrá destinarse a servicios de consultoría y asistencia técnica orientados a incorporar mejoras en aspectos técnicos, comerciales y productivos, tales como certificaciones, ensayos, homologaciones, habilitaciones, diseños de moldes y matrices, programación de sistemas digitales, implementación de mejoras en desarrollo sostenible y de tecnologías de gestión.
También permite financiar la adquisición de bienes de capital nuevos de origen nacional, equipamiento e instalaciones, así como la ampliación o modernización tecnológica de plantas industriales.
Adicionalmente, se podrá destinar hasta un 10% del aporte no reintegrable para financiar la adquisición de insumos, materias primas y bienes intermedios asociados al proyecto, además de salarios de nuevas incorporaciones de personal (sin incluir el pago de los aportes ni las contribuciones de la seguridad social).
La mala noticia es que el beneficio, que podrá ser de un máximo de 40 millones de pesos por Pyme, está sólo reservado para empresas dedicadas a la producción de manufacturas de origen industrial o agropecuario, además de algunos servicios específicos que quieran implementar proyectos de desarrollo sostenible. Es decir: las empresas agropecuarias quedaron excluidas.
El programa, creado a través de la resolución 585/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, propone “aumentar la inversión de las Pymes en procesos tecnológicos que les permitan optimizar su producción; fortalecer su reconversión productiva; aumentar y mejorar la oferta de productos; incrementar los productos exportables y consolidar destinos de exportación; y promover el agregado de valor a la producción a través del diseño, la innovación y la tecnología 4.0”.
También se indica que el programa “promueve proyectos de actividades productivas de la economía verde, eficiencia en recursos, implementación de procesos circulares y adecuación ambiental”.
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]]>La entrada Discriminación: La mayor parte de los productos agroindustriales fueron excluidos del programa que exime a las Pymes del pago de retenciones se publicó primero en Bichos de Campo.
]]>Pero hoy, al oficializarse el anunció, quedó en evidencia que la mayor parte de las principales exportaciones agroindustriales quedaron excluidas de la medida.
El beneficio, que está destinado sólo a las empresas que tengan el certificado MiPyMes vigente y que hayan exportado no más de 3,0 millones de dólares en el año calendario inmediato anterior, comprende la completa desgravación del derecho de exportación de ventas externas por hasta 500.000 dólares y la reducción del 50% de la alícuota para operaciones de hasta un millón de dólares.
Hasta aquí, todo claro. Pero el decreto 302/2021, por medio del cual se instrumentó el beneficio, indica que sólo está disponible para determinadas posiciones arancelarias, las cuales, en el caso del sector agroindustrial, comprende algunos productos y excluye a la mayor parte.
Entre los productos beneficiados se incluyen yogur, lactosuero, fórmulas infantiles, arroz, maní y aceite de maní, azúcar, extracto de malta, tapas para empanadas, pastas, cereales para desayuno, pan dulce, aceitunas, papas congeladas, mermeladas, nueces, mosto y jugo de uva, salsa de soja, mayonesa, cerveza, campaña, vinos, sidra y cigarrillos.
Los criterios para seleccionar algunos productos en desmedro de otros lucen discrecionales, pues todo el capítulo correspondiente a productos cárnicos, por ejemplo, fue eliminado, al igual que la leche en polvo y el expeller de soja.
En los fundamentos del decreto 302 se indica que en lo que respecta a “las mercancías alcanzadas por la medida, se procura realizar una selección que asegure la promoción del desarrollo e incentivo a la producción y a las exportaciones de las cadenas con mayor potencial de creación de valor agregado y empleo, así como un bajo impacto en los precios internos”.
La lista completa de las posiciones arancelarias comprendidas en la medida pueden verse aquí:
PosicionesArancelariasLa entrada Discriminación: La mayor parte de los productos agroindustriales fueron excluidos del programa que exime a las Pymes del pago de retenciones se publicó primero en Bichos de Campo.
]]>La entrada El gobierno anuncia que las Pymes que exporten menos de 500.000 dólares dejarán de pagar retenciones se publicó primero en Bichos de Campo.
]]>La medida, según se indicó, se aplicará a las Pymes tanto del sector industrial como agroindustrial “con certificado vigente” que hayan exportado menos de tres millones de dólares (también incluye a las que no exportaron nada).
A la fecha existe un total de 201 empresas con su certificado Pyme vencido. “Estas empresas podrían renovarlo y ser incluidas en el beneficio”, aseguró un comunicado del Ministerio de Desarrollo Productivo.
Vale recordar que, según la normativa vigente, las Pymes agropecuarias son aquellas que tienen una facturación anual de hasta 1099 millones de pesos. Para calcular la facturación total se considera el monto de las ventas que surja del promedio de los últimos tres ejercicios comerciales o años fiscales, excluyendo del cálculo el monto del IVA y los impuestos internos que pudieran corresponder, además de deducir hasta el 75% del monto de las exportaciones.
Además de la facturación promedio de los últimos tres ejercicios, también se debe considerar al personal ocupado que surja también del promedio anual de los últimos tres años (según la información brindada por la empresa mediante el formulario F. 931 de la Afip). La cantidad máxima de empleados que puede tener una Pyme agropecuaria es de 215.
La entrada El gobierno anuncia que las Pymes que exporten menos de 500.000 dólares dejarán de pagar retenciones se publicó primero en Bichos de Campo.
]]>La entrada Restringieron la posibilidad de que las empresas agropecuarias puedan acceder a créditos fiscales para capacitación de personal se publicó primero en Bichos de Campo.
]]>El programa permite que la inversión en capacitación pueda deducirse de impuestos nacionales por medio de un crédito fiscal (bono electrónico) aplicable a la cancelación de Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, IVA e Impuestos Internos.
Sin embargo –según lo determinado por la resolución 27/2021– al momento de establecer los criterios de selección de proyectos, la convocatoria 2021 contempla restringir el beneficio para empresas agropecuarias.
Entre los criterios de priorización de selección de proyectos se estableció una asignación de 100 puntos para industrias manufactureras, de información y comunicaciones, servicios profesionales, científicos y técnicos, construcción y servicios públicos, mientras que para transporte, almacenamiento y empresas turísticas el puntaje previsto es de 50. Las “otras actividades” –entre las cuales se incluyen todas las agropecuarias– recibirán apenas 25 puntos, lo que implica, en los hechos, que tienen muy baja probabilidad de resultar seleccionadas.
Las micro y pequeñas empresas podrán obtener un reintegro de hasta 5,0 millones de pesos, mientras las empresas que se encuentren en la categoría mediana “tramo I” y “tramo II” podrán hacerlo por hasta 7,0 y 10 millones de pesos respectivamente. En todos los casos el costo total de la capacitación no podrá superar el 30% de su masa salarial bruta correspondiente a los doce meses anteriores tomados desde la fecha de presentación del proyecto.
Las grandes empresas también podrán solicitar el beneficio siempre que el mismo se aplique a Pymes o emprendimientos que integren su cadena de valor. En este caso el monto máximo por solicitar es de 20 millones de pesos con un tope de hasta el ocho por mil (8‰) de su masa salarial bruta.
La convocatoria para Pymes está abierta hasta el próximo 30 de septiembre de 2021 o bien hasta agotar el cupo anual de 300 millones de pesos. El trámite de inscripción y presentación se encuentra disponible en la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
La entrada Restringieron la posibilidad de que las empresas agropecuarias puedan acceder a créditos fiscales para capacitación de personal se publicó primero en Bichos de Campo.
]]>La entrada El BCRA extendió la línea de crédito a tasas subsidiadas: Pero las empresas agrícolas tienen que haber vendido el 95% de la soja y el trigo para poder acceder al beneficio se publicó primero en Bichos de Campo.
]]>Los créditos, según lo dispuesto por la Comunicación “A 7240” del BCRA, deben ser provistos por todos los bancos a Pymes a razón de un total equivalente al 7,5% de los depósitos en pesos provenientes del sector privado no financiero.
Sin embargo, la comunicación aclara que aquellas empresas inscriptas en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) en carácter de “Productor”, excepto que estén categorizadas como micro-empresas, deberán tener vendido el 95% de su cosecha de trigo y soja para poder recibir el crédito a tasas subsidiada.
La Comunicación “A 7240” determina que, para solicitar el crédito, el valor del acopio de trigo y soja por parte de las Pymes agrícolas no deberá superar el 5% de su capacidad de cosecha anual estimada en base a los rendimientos publicados por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación
La entidad financiera será responsable de verificar que el solicitante no se encuentra comprendido en esta exclusión, solicitándole una certificación emitida por un contador público –cuya firma deberá ser legalizada por el correspondiente Consejo Profesional de Ciencias Económicas– que acredite que, basado en la información brindada por la empresa al SISA respecto al último stock declarado más la producción estimada en la última cosecha realizada menos las ventas realizadas mediante Liquidación Primaria de Granos desde el 1.10 de cada año hasta la fecha, el stock actual no supera el 5% de su capacidad de cosecha anual.
Un crédito con una tasa de interés del 30% cuenta con una tasa de interés proyectada negativa porque la expectativa de inflación para los próximos doce meses, según el promedio de pronósticos de economistas consultados por el BCRA (REM), será del 45% en un rango de 32% a 65%.
Una micropyme agropecuaria es aquella que factura hasta 17,26 millones de pesos anuales, mientras que una Pyme del sector no debe tener ventas mayores que 676,81 millones de pesos por año.

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