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¿Cambios en el programa de Brucelosis? Claves para entender qué propone Senasa y qué piensan los productores

Sofia Selasco por Sofia Selasco
31 diciembre, 2020
¿Cambios en el programa de Brucelosis? Claves para entender qué propone Senasa y qué piensan los productores

El 10 de diciembre el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) presentó un proyecto para modificar la resolución N° 67/2019 que establece el Plan Nacional de Control y Erradicación de Brucelosis Bovina en nuestro país. Por medio de una consulta pública, que vence el 15 de enero próximo, se plantearon cambios en los controles que se realizan actualmente, en pos de flexibilizarlos y de lograr mayor adhesión.

¿Qué propone entonces Senasa? Que el productor pueda elegir cómo realizar el control de Brucelosis. “La resolución anterior plantea que cualquier establecimiento ganadero de Argentina tiene que hacerle un análisis de sangre a todos sus animales. La diferencia con la nueva propuesta es que, si bien sigue siendo obligatorio el muestreo, ahora hay dos opciones de chequeo”, explicó Ximena Melón, Directora Nacional de Sanidad Animal, a Bichos de Campo.  

¿Cuáles son esas opciones de control? Realizar una Determinación Obligatoria de Estatus Sanitario Total (DOES TOTAL) o una Determinación Obligatoria de Estatus Sanitario Parcial (DOES PARCIAL).

En criollo, el DOES TOTAL implica un control a todos los animales, que de ser negativo otorga un certificado al productor que indica que su establecimiento está libre de Brucelosis. A partir de allí, cada movimiento de hacienda que realice podrá hacerlo sin un análisis serológico previo. Esto durara un año y una vez cumplido ese plazo, se podrá tramitar la renovación del certificado haciendo un testeo parcial de la hacienda.

En cambio, si el productor opta por hacer el DOES PARCIAL, deberá testear solo a una porción de su hacienda que sirva como un muestreo del total. Si los resultados son negativos para Brucelosis, el establecimiento obtendrá un certificado de “establecimiento negativo”. A diferencia de la opción anterior, dado que los estudios fueron sólo parciales, cada vez que se mueva hacienda para cría o reproducción –o cualquier otro movimiento que no sea faena o engorde- se deberá realizar un análisis serológico.

De esta forma, el productor puede elegir qué control realizar en función de lo que elija para su establecimiento: destinar animales a la faena, a la cría y reproducción, a la exportación, etc.

La modificación a la resolución incluye también un nuevo plazo para la obligatoriedad de los controles: los productores tendrán tiempo hasta el 31 de julio para presentar todos los estudios, a diferencia de la normativa anterior que era hasta abril.

A pesar de estar aún en Consulta Pública, desde el Senasa afirmaron que las modificaciones serán aprobadas, ya que los aportes de los privados no serán vinculantes. “Alguna mejora va a salir. Por la pandemia y para seguir asegurando mercados como el de China, no podemos seguir como hasta ahora. Hay que dar las garantías a los mercados que tenemos y acceder a nuevos”, aseguró Melón.

En cuanto a la recepción pública de esta iniciativa, desde la Sociedad Rural Argentina apoyaron la medida en tanto suma aportes para la lucha contra la enfermedad. Incluso invitaron a los socios a participar de la consulta.

Mediante un comunicado de prensa en su web, remarcaron que a pesar de que se dan nuevas opciones de testeos, es importante que el control se realice de igual forma entendiendo que sigue siendo obligatorio. “La resolución es “facilitadora” porque continúa luchando contra la enfermedad, pero te pone un plazo para hacer las cosas. Vos elegís qué muestreo hacer pero hay una fecha y eso tiene un costo”, dijo el asesor de la SRA, Jorge Genoud, a Bichos de Campo.

“También pedimos que el sangrado se haga conjuntamente con la vacunación de aftosa”, agregó, entendiendo que para los pequeños productores, mover hacienda para dos campañas distintas –una de vacunación y otra de control- supone un alto costo.

Teniendo en cuenta los feriados de fin de año, el resultado de la Consulta se reprogramó, y en vez de finalizar el 1 de enero de 2021 como estaba previsto lo hará el 15 de enero. De realizarle la modificación, la normativa tendrá vigencia una vez que sea publicada en el boletín oficial.

Para participar y realizar comentarios u observaciones se puede enviar un correo a consultapublica406@senasa.gob.ar

Etiquetas: brucelosisconsulta públicacontrolDOES PARCIALDOES TOTALerradicaciónjorge genoudmonitoreoresolucion 67/2019senasasraximena melón
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